Que se rige por su Reglamento General de la Universidad Nacional Experim ental Simón Bolívar. Toda la comunidad universitaria debe conocerlo y cumplir con los procesos allí reseñados.
El Reglamento de la Universidad contempla la normativa que rige: la organización de la instrucción, la evaluación, la permanencia, el retiro y el reingreso de los estudiantes que cursan las diversas carreras que se ofrecen en esta Casa de Estudios. Lo pueden conseguir aquí o en la página web de la USB.
La Coordinación de Formación General y la Dirección de Desarrollo Estudiantil-DIDE, ubicadas en el edificio de aulas, planta baja, Sede del Litoral.
Se multiplica la nota obtenida en cada asignatura por las unidades de crédito correspondientes a cada una de ellas (crédito X nota) y se divide el resultado entre la carga académica cursada (créditos cursados). El índice determina la situación académica del estudiante.
El rendimiento académico del estudiante será expresado en una escala numérica ascendente de cinco (5) calificaciones: uno (1), dos (2), tres (3), cuatro (4) y cinco (5) puntos. La calificación mínima aprobatoria será de tres (3) puntos.
El índice tiene carácter acumulativo y se calcula trimestralmente tomando en cuenta todas las asignaturas cursadas desde el primer período académico en la Universidad. Si usted aprueba una asignatura anteriormente aplazada, la nueva calificación aprobatoria anulará la nota inmediata anterior para el cálculo del índice académico. Ambas calificaciones se harán constar en su expediente y, adicionalmente, se le pondrá el calificativo NOTA SIN EFECTO a la nota anterior.
Debe acudir a la Coordinación de Formación General para regularizar su situación de inscripción.
En el primer trimestre de la carrera: se permite un índice entre 2.8 y 1.9. Si usted tiene un índice menor a 1.9, perderá la inscripción en la Universidad.
A partir del segundo trimestre: Si usted tiene un índice académico: Inferior a 2.8, perderá la inscripción en la Universidad.
Si tiene un índice académico entre 2.80 y 2.99, usted está en período de prueba (PP). Por ello, para inscribir su próximo trimestre, debe solicitar permiso por esta Coordinación.
Si usted tiene dos períodos de prueba NO consecutivo e índice menor a 3.00 pierde la inscripción en la Universidad.
La carga académica estará comprendida entre un mínimo de ocho (8) y un máximo de dieciséis (16) créditos para los programas de Ingeniería, Licenciatura o equivalentes y de dieciocho (18) créditos para los programas de Técnico Superior Universitario.
Aquellos estudiantes que se encuentren en período de prueba (PP.) no podrán inscribirse en cursos intensivos.
Según el Reglamento relacionado con los Programas de Estudio de Pregrado de la USB., en su Artículo 13 reza lo siguiente:
“Durante el período intensivo la carga académica estará limitada a un máximo de cuatro (4) créditos. En casos excepcionales, previa autorización del coordinador docente respectivo, podrá excederse este límite".
Durante el primer trimestre de estudios, no se permite el retiro del mismo ni de asignaturas. Sin embargo, el Decanato de Estudios Generales estudiará y considerará aquellos casos excepcionales.
A partir del segundo trimestre, usted podrá retirar asignaturas o el trimestre completo, de ser necesario. Esto lo debe hacer hasta la octava semana de cada período.
Para el retiro de asignaturas inscritas, el estudiante deberá realizar una solicitud formal ante la dependencia de Admisión y Control de Estudios correspondiente, dentro de las ocho (8) primeras semanas lectivas, contadas a partir de la fecha de inicio del período académico. Este procedimiento se realizará sin menoscabo de lo establecido en el parágrafo cuatro del artículo séptimo del presente Reglamento.
No se permitirá el retiro de asignaturas durante el primer trimestre de estudios.
El estudiante podrá retirar una misma asignatura, solamente, dos veces.
Mientras curse asignaturas de los dos primeros trimestres, todo estudiante de carreras cortas, pertenecerá al Ciclo Básico. Y, mientras curse asignaturas correspondientes a los tres primeros trimestres, todo estudiante de carreras largas, pertenecerá al Ciclo Básico. Mientras sea así, es la Coordinación de Formación General a donde debe acudir para plantear cualquier situación, aclarar dudas, pedir autorización, entre otros...
La nota definitiva se obtiene al término de cada período lectivo y resulta de la suma ponderada de todas las evaluaciones parciales realizadas durante el mismo.
Un estudiante solo está autorizado a cursar las asignaturas de su plan de estudios. En este sentido, mientras sea estudiante del CB., su plan de estudio corresponde con las asignaturas del mismo. Cualquier otra materia que inscriba será rechazada por el sistema. Cuando desee estudiar materias de su carrera, podrá hacerlo previa autorización de la Coordinación de Formación General.
Sí, mientras cumpla con los requisitos exigidos en el pénsum de estudio y, con permiso de la Coordinación.
Todas las asignaturas del Ciclo Básico, se ofrecen dos trimestres por año académico, vale decir: el trimestre correspondiente, según el pénsum y el lapso siguiente. El trámite de inscripción es el mismo que el de las asignaturas aprobadas y no requiere de ningún permiso.
Si realiza el trámite en la fecha publicada por el calendario, debe pagar en Caja o en el Banco, el monto establecido para corrección de inscripción. De hacerlo en fecha posterior, deberá cancelar, adicionalmente, el arancel de trámite extemporáneo.
Debe acudir ante esta Coordinación o a DACE para verificar la posible causa.
Una vez culminado el Ciclo Básico.
El estudiante que se vea impedido de rendir una evaluación en la fecha prevista por el profesor de una asignatura, podrá tramitar ante el Decanato de Estudios Generales una solicitud de evaluación extemporánea siempre y cuando el impedimento sea causado por:
a) Su participación en eventos extracurriculares de carácter cultural, deportivo, académico o comunitario, intra o extra muros, en cuyo caso la solicitud deberá producirse con una antelación mínima de diez (10) días laborables con respecto al inicio del evento.
b) Una circunstancia imprevista de fuerza mayor y plenamente justificada, en cuyo caso la solicitud deberá producirse antes de que se cumplan diez (10) días laborables posteriores a la fecha de la evaluación no presentada.
Se debe acudir a la Coordinación con las constancias o certificados médicos, convalidados por el servicio de salud de la USB, y llenar los formatos requeridos.
"La pérdida de evaluaciones por inasistencias no justificadas no constituirá causal de la recuperación de la evaluación. Cuando existan justificativos para la inasistencia a un examen o actividad evaluada, el estudiante podrá solicitar la recuperación de dicha actividad a través de los procedimientos establecidos por el Decanato de Estudios respectivo" (Art.11. Parágrafo tercero).
Es el proceso mediante el cual se solucionan los problemas ocurridos durante la inscripción. Por ejemplo: la coincidencia de horarios en dos o más asignaturas; la introducción errada del código que no corresponde al de su carrera...
Para mayor información:
Coordinación de Formación General
Sede del Litoral
Apdo. postal 89.000
Teléfonos: +58 212 9069051
email: coord-fg@usb.ve